domingo, 19 de mayo de 2013

ARTÍCULO 256. DEFRAUDACIÓN DE FLUIDOS.


ARTICULO 256. DEFRAUDACIÓN DE FLUIDOS.  El que mediante cualquier mecanismo clandestino o alterando los sistemas de control o aparatos contadores, se apropie de energía eléctrica, agua, gas natural, o señal de telecomunicaciones, en perjuicio ajeno, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a setenta y dos (72) meses y en multa de uno punto treinta y tres (1.33) a ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

      a)    Descripción del tipo.
SUJETO
Activo:  indeterminado singular

Pasivo: determinado cualificado jurídicamente: empresas prestadoras del servicio o usuario afectado
CONDUCTA

Verbo  Rector Determinador Simple: Apropiarse
Modo:

Tiempo:  

Lugar:  


BIEN JURIDICO TUTELADO


Objeto Jurídico: Patrimonio económico

Objeto Material Real
Energía eléctrica, agua, gas natural o señal de telecomunicaciones.

Beneficio: para sí mismo
Finalidad: apropiarse ilícitamente

Tentativa: Si admite


ELEMENTOS NORMATIVOS:
·         Energía eléctrica
·         Agua
·         Gas natural
·         Señal de telecomunicaciones

PARTICULARIDADES:
  Conducta: Alterar
Ø      Eximentes de responsabilidad : consentimiento del sujeto pasivo
Ø           Pluri-ofensivo: Derechos de autor y patrimonio económico

      b)   Doctrina/jurisprudencia.
Sentencia T-331/10



     c)    Casuística.


El 20 de octubre de 2005, funcionarios de Codensa S.A., efectuaron una revisión técnica al contador de energía del inmueble ubicado en la carrera 21 No. 15-33 y destinado a explotación industrial (tratamiento de productos agrícolas, entre ellos cascarilla de café), a cargo del procesado en mención, en condición de arrendatario, encontrando que dicho medidor había sido manipulado con el objeto de registrar un consumo de fluido inferior al que correspondía.”

“Se instaló un nuevo contador, algunas visitas de inspección no fueron permitidas y en las que se pudo efectuar se estableció que el mismo seguía siendo manipulado y se reportaba desfase entre el consumo y lo que se facturaba. Para el mes de octubre del mismo año 2005, se constató que al contador le habían quitado los sellos de seguridad e invertida las fases de entrada y salida; para el mes de julio de 2006 se selló la celda de medida y el 25 del mismo mes, no fue permitida la lectura del contador, constatándose la disminución del registro en un 66% de consumo”








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